ACUERDO GUBERNATIVO 408-99
Reglamento General para la Prestación del Servicio Telefónico Internacional
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 408-99
Guatemala, 25 de junio de 1999
El Presidente de la República,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Legislativo número 94-96 del Congreso de la República de Guatemala se promulgó la Ley General de Telecomunicaciones con el objeto de establecer el marco legal para desarrollar actividades de telecomunicaciones, normar el aprovechamiento y la explotación del espectro radioeléctrico y favorecer la oferta de estos servicios a través de la libre competencia;
CONSIDERANDO:
Que para proteger los derechos de los usuarios y de las empresas proveedoras de servicios de telecomunicaciones, deben desarrollarse las normas en forma reglamentarias para la adecuada prestación de Servicio Telefónico Internacional para el estricto cumplimiento de la Ley General de Telecomunicaciones (Decreto Legislativo número 94-96) y sus reformas, sin alterar su espíritu;
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la República de Guatemala;
ACUERDA:
Emitir el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO TELEFÓNICO INTERNACIONAL
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO I
OBJETO Y DEFINICIONES
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