DECRETO DEL CONGRESO  51-72

Modifica el Decreto Ley 208, Ley de Sociedades Financieras Privadas

DECRETO NUMERO 51-72

EL CONGRESO DE REPUBLICA DE GUATEMALA,

CONSIDERANDO:

Que el Estado, cumpliendo con su función de promover el desarrollo económico del país, emitió en su oportunidad el Decreto-Ley número 208 Ley de Sociedades Financieras Privadas, fomentando con ello la creación de instituciones de crédito modernas y a la vez estimulando la inversión de capitales, así como el ahorro y la inversión por parte de público;

CONSIDERANDO:

Que también es función del Estado dictar las modificaciones que se consideren pertinentes o que la práctica y experiencia aconsejen, y que la Junta Monetaria por medio de sus organismos técnicos, ha recomendado las modificaciones necesarias a la Ley de Sociedades Financieras Privadas, las cuales otorgarán una mejor y más correcta aplicación de la misma,

POR TANTO,

En cumplimiento de las atribuciones que le asigna el inciso 1o. del Artículo 170 de la Constitución de la República,

DECRETA:

Las siguientes

Reformas a la Ley de Sociedades Financieras Privadas,
contenida en el Decreto-Ley número 208:

 
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