RESOLUCIÓN JM-106-2002
Reglamento para la valuación de los activos crediticios y normas para determinar y clasificar los de recuperación dudosa.
*Derogada por la Resolución No. 183-2002 de la Junta Monetaria
JUNTA MONETARIA
RESOLUCIÓN JM-106-2002
Inserta en el Punto Octavo del Acta 15-2002, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta monetaria del 1 de marzo de 2002.
PUNTO OCTAVO: Proyecto de Reglamento para la Valuación de los Activos Crediticios y Normas para Determinar y Clasificar los de Recuperación Dudosa.
RESOLUCIÓN JM-106-2002. Conocido EL oficio No. 831-2002 del Superintendente de Bancos del 1 de marzo de 2002, mediante el cual eleva a consideración de esta Junta el proyecto de Reglamento para la Valuación de los Activos Crediticios y Normas para determinar y Clasificar los de Recuperación Dudosa; y,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 53 del Decreto Número 4-2002 del Congreso de la República de Guatemala, ley de Bancos y Grupos Financieros, esta Junta, a propuesta de la Superintendencia de Bancos, emitirá la normativa para la valuación de activos, operaciones contingentes y otros instrumentos financieros, que impliquen exposiciones a riesgo;
CONSIDERANDO:
Que es conveniente que las instituciones financieras mantengan adecuadamente clasificados y valuados sus activos crediticios y otros que impliquen riesgo, con el propósito que en la contabilidad de tales instituciones se registre el resultado de dicha valuación, de manera que sus estados financieros reflejen razonablemente su situación financiera;
POR TANTO:
Con base en lo considerado, en los artículos 132 y 133 de la Constitución Política de la República de Guatemala y en el artículo 53 del Decreto Número 4-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Bancos y Grupos Financieros, y en opinión de sus miembros,
LA JUNTA MONETARIA
RESUELVE:
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