DECRETO DEL CONGRESO  74-78

Modifica el Decreto del Congreso número 1633, Ley que regula el Aguinaldo para los Trabajadores del Estado

DECRETO 74-78

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,

CONSIDERANDO:

Que la legislación del trabajo contiene un conjunto de garantías mínimas, llamadas a desarrollarse en forma dinámica, para el mejoramiento económico y social de los trabajadores, principio que también informa las relaciones del Estado con sus laborantes,

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la República ha dispuesto mejorar la prestación del aguinaldo en forma tal que permita a los trabajadores la percepción de una suma anual complementaria, que además de facilitarles el disfrute de las festividades de fin de año, les permita el cumplimiento de sus obligaciones familiares, especialmente las relacionadas con los gastos que periódicamente ocasiona la inscripción escolar y la adquisición de útiles necesarios en la docencia, sin menoscabar, disminuir o tergiversar los derechos adquiridos por los trabajadores de los organismos del Estado o de sus instituciones descentralizadas, autónomas o semiautónomas,

POR TANTO,

En uso de las facultades que le confiere el inciso 1º del artículo 170 de la Constitución de la República.

DECRETA:

Las siguientes

REFORMAS A LA LEY QUE REGULA EL AGUINALDO DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO,
DECRETO NÚMERO 1633 DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA,
REFORMADO POR EL DECRETO 80-75 DEL CONGRESO

 
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