DECRETO DEL CONGRESO  18-89

Reforma el Decreto del Congreso número 4-89, Ley de Áreas Protegidas

DECRETO NUMERO 18-89

El Congreso de la República de Guatemala,

CONSIDERANDO:

Que al emitirse el Decreto No. 4-89 del Congreso de la República que contiene la Ley de Areas Protegidas, se otorgaron facultades al Consejo Nacional de Areas Protegidas, que deben corresponder con exclusividad al Congreso de la República;

CONSIDERANDO:

Que el establecimiento de vedas, continental e insular en el territorio nacional debe estar contenidas en medidas legislativas facultad que constitucionalmente corresponde al Congreso;

POR TANTO,

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,

DECRETA:

 
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