DECRETO LEY 325
Reforma a la Ley de Espectáculos Públicos, Decreto número 574
DECRETO LEY NUMERO 325
ENRIQUE PERALTA AZURDIA,
Jefe del Gobierno de la República,
CONSIDERANDO:
Que es de conveniencia e interés general que las empresas que presten servicios públicos mantenga la vigilancia debida en sus respectivas instalaciones a efecto de que tales servicios no estén expuestos a interrupciones o daños perjudiciales para la colectividad,
POR TANTO,
En uso de las facultades que le confiere el artículo 3º de la Carta Fundamental de Gobierno,
En Consejo de Ministros,
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