DECRETO PRESIDENCIAL 574
Ley de Espectáculos Públicos
DECRETO NUMERO 574
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
CONSIDERANDO:
Que las leyes vigentes sobre espectáculos públicos no reúnen las condiciones necesarias para el desarrollo cultural del país, ni se amoldan a las condiciones actuales del mismo; y que es necesario propiciar su mejoramiento estético y moral en beneficio del pueblo;
CONSIDERANDO:
Que es conveniente normar las relaciones entre calidad del espectáculo y su correspondiente tributación fiscal, con el fin de incrementar los espectáculos de orden cultural y depurar en lo posible los recreativos;
POR TANTO,
DECRETA:
La siguiente:
LEY DE ESPECTACULOS PUBLICOS
CAPITULO I
DE LAS AUTORIDADES
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