DECRETO DEL CONGRESO  06-97

Modifica el Decreto del Congreso número 63-94 Ley Orgánica del Organismo Legislativo.

DECRETO NUMERO 6-97

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que la aplicación de los artículos 28 y 35 de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, ha presentado, en la práctica, problemas derivados de la conformación del Congreso y la imposibilidad de que algunos diputados formen parte de algunas comisiones o bien que los órganos internos de las mismas no puedan conformarse como dispone actualmente la ley.

CONSIDERANDO:

Que la Ley Orgánica del Organismo Legislativo es un instrumento legal dinámico y que debe adaptarse al funcionamiento eficiente del Organismo, para lo cual habrá de introducírsele las reformas que se estimen adecuadas para el mejor desarrollo de las labores del Congreso.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el inciso a) del artículo 171 de la Constitución Política de la República.

DECRETA:

Las siguientes:

REFORMAS AL DECRETO NUMERO 63-94 DEL CONGRESO,
LEY ORGANICA DEL ORGANISMO LEGISLATIVO

 
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