DECRETO DEL CONGRESO 74-87
Modifica el Decreto de la Asamblea Nacional Constituyente número 1-85 Ley Electoral y de Partidos Políticos.
DECRETO NUMERO 74-87
El Congreso de la República de Guatemala
CONSIDERANDO:
Que el Tribunal Supremo Electoral, haciendo uso del derecho de iniciativa legal que le otorga el artículo 174 de la Constitución Política de la República de Guatemala, ha propuesto la reforma de varias disposiciones contenidas en la Ley Electoral y de Partidos Políticos;
CONSIDERANDO:
Que algunas de tales disposiciones, como lo señala el Tribunal, no se ajustan a determinadas normas constitucionales, por lo que se hace necesaria su modificación; y que otras conviene reformarlas por diversas razones, como la relativa al voto obligatorio, que debe desterrarse de un sistema democrático de libertad electoral;
CONSIDERANDO:
Que oída la Corte de Constitucionalidad, emitió dictámenes favorables de fechas 25 de noviembre de 1986 y 24 de agosto de 1987, números 96-86 y 186-87, respectivamente,
POR TANTO,
Con fundamento en lo que disponen los artículos 171, inciso a); 174, 175, 176 y 177 de la Constitución Política de la República,
DECRETA:
Las siguientes
REFORMAS A LA LEY ELECTORAL Y DE PARTIDOS POLITICOS,
CONTENIDA EN EL DECRETO NUMERO 1-85 DE LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE
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