DECRETO DEL CONGRESO  50-79

Reformas a la Ley de Tribunales de Familia, Decreto del Congreso número 206

DECRETO NUMERO 50-79

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que es necesario emitir leyes y disposiciones para la debida protección de la familia, congruentes con la obligación constitucional determinada en el artículo 85 de la Carta fundamental;

CONSIDERANDO:

Que para hacer efectiva la tutelaridad del Derecho de Familia en las madres que acuden a los juzgados privativos de familia, bajo la asesoría de estudiantes de las Facultades de Ciencias Jurídicas y Sociales de las Universidades que funcionan legalmente en el país, es indispensable que dichos estudiantes estén presentes en las audiencias fijadas por los tribunales para brindar la correspondiente asesoría legal;

CONSIDERANDO:

Que para lograr el propósito anterior se hace indispensable reformar el artículo 10 de la Ley de Tribunales de Familia, Decreto Ley 206, cuya modificación tiene doble finalidad, ya que por una parte las madres que acuden sin patrocinio de abogado tendrá asesoría legal y por otra parte, el pasante del Bufete Popular realizaría un mejor aprendizaje práctico en materia de Derecho de Familia,

POR TANTO,

En uso de las facultades que le confiere el inciso 1º del artículo 170 de la Constitución de la República,

DECRETA:

 
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