DECRETO DEL CONGRESO 58-95
Modifica el Decreto del Congreso número 17-73 Código Penal
Decreto Número 58-95
El Congreso de la República de Guatemala
CONSIDERANDO:
Que la Asamblea de las Naciones Unidas, de la que Guatemala es parte, aprobó el 10 de diciembre de 1984 la Convención Americana para Prevenir y Sancionar la tortura, tomando en consideración la declaración sobre la protección de todas las personas contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, aprobada por la Asamblea General el 9 de diciembre de 1984.
CONSIDERANDO:
Que es necesario adecuar la legislación interna a los postulados de los instrumentos internacionales en materia de protección de la persona humana contra todo tipo de trato cruel y degradante.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el inciso a) del Artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA:
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