DECRETO DEL CONGRESO  68-94

Reformas al Decreto Número 17-73, Código Penal

*Derogado por el Decreto 103-96

Decreto Número 68-94

El Congreso de la República de Guatemala

CONSIDERANDO:

Que al emitirse el Decreto número 67-94, por medio del cual se introducen reformas al Código Penal, el Congreso buscó con la creación de la figura del delito fiscal, fortalecer el régimen sancionatorio establecido, que técnicamente no puede estar regulado en el Código Tributaria ni aplicarse por la administración tributaria, con el propósito de imponer penas de privación de libertad, para quienes, en las formas preestablecidas, cometan defraudación fiscal.

CONSIDERANDO:

Que al emitirse el decreto anteriormente relacionado, se estableció la posibilidad de la excusa absolutoria, cuando en cualquier fase del proceso, si el encartado satisface debidamente al fisco los impuestos evadidos, los intereses, multas y costas procesales causadas, figura sobre la que deben establecerse las excepciones que permitan a quienes se apropien indebidamente de los recursos del estado o bien la responsabilidad de los funcionarios o empleados públicos, sobre quienes no solo no debe haber ninguna excepción, sino sobre quienes la responsabilidad debe deducirse en forma total, ya que son estos quienes deben garantizar plenamente que los tributos sean debidamente cobrados e ingresen a las cajas del fisco.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el inciso a) del Artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala.

DECRETA:

 
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