DECRETO GUBERNATIVO  1227


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Serán consideradas Agencias de la Tesorería Nacional, y quedarán bajo la inmediata dependencia de la misma, todas las oficinas que manejen fondos públicos, incluso, la Intendencia General del Ejército.

Ficha Técnica
TIPO DE DOCUMENTO DECRETO GUBERNATIVO 
NUMERO DEL DOCUMENTO 1227 
FECHA DE EMISION 16/12/1931 
CONTENIDO Serán consideradas Agencias de la Tesorería Nacional, y quedarán bajo la inmediata dependencia de la misma, todas las oficinas que manejen fondos públicos, incluso, la Intendencia General del Ejército. 
EMISOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 
ENTIDAD ASIGNADA  
FUENTE Recopilación de Leyes de Guatemala Tómo: L Número: -- Página: 303
MATERIA DEL DERECHO --- 
Fechas
  Publicado 00/00/0000 
Vigente 00/00/0000 
  Congreso 00/00/0000 
  Ejecutivo 00/00/0000 
Reformado 00/00/0000 
Derogado 00/00/0000 
Otros
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Efectos Producidos a la Ley --
Temas --
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