DECRETO GUBERNATIVO  593


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La Casa Nacional de Moneda procederá a la acuñación de moneda de plata de seiscientos milésimos de fino, hasta por la suma de trescientos mil pesos.

Ficha Técnica
TIPO DE DOCUMENTO DECRETO GUBERNATIVO 
NUMERO DEL DOCUMENTO 593 
FECHA DE EMISION 23/05/1899 
CONTENIDO La Casa Nacional de Moneda procederá a la acuñación de moneda de plata de seiscientos milésimos de fino, hasta por la suma de trescientos mil pesos. 
EMISOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 
ENTIDAD ASIGNADA  
FUENTE Recopilación de Leyes de Guatemala Tómo: XVIII Número: -- Página: 75
MATERIA DEL DERECHO --- 
Fechas
  Publicado 00/00/0000 
Vigente 00/00/0000 
  Congreso 00/00/0000 
  Ejecutivo 00/00/0000 
Reformado 00/00/0000 
Derogado 00/00/0000 
Otros
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