DECRETO DEL CONGRESO  29-90

Modifica el Decreto del Congreso número 2-89 Ley del Organismo Judicial (modificado por Decreto del Congreso número 27-89 artículo 1) artículo 209 establece que dicha Ley entrará en vigencia el 31/12/1990.

DECRETO NUMERO 29-90

El Congreso de la República de Guatemala,

CONSIDERANDO:

Que es necesario posponer nuevamente la vigencia del Decreto 2-89 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Judicial, para que se haga el tiempo necesario a efecto de poder profundizar en las reformas convenientes a dicha ley sugeridas por el Honorable Colegio de Abogados de Guatemala y el Ministerio de la Defensa, dada la importancia y trascendencia que tiene para la Nación dicha ley,

POR TANTO,

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Artículo 171, inciso a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,

DECRETA:

 
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