DECRETO DEL CONGRESO 39-87
Aprueba Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono, aprobado el 22/03/1985, por la conferencia de Plenipotenciarios Sobre la Protección de la Capa de Ozono, y se autoriza al Gobierno de la República para adherirse al mismo.
DECRETO NUMERO 39-87
El Congreso de la República de Guatemala,
CONSIDERANDO:
Que el convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono, aprobado el 22 de marzo de 1985, por la Conferencia de Plenipotenciarios sobre la Protección de la Capa de Ozono, quedó abierto a la adhesión de los Estados a partir del 22 de marzo de 1986;
CONSIDERANDO:
Que es indispensable la cooperación internacional para l adopción de medidas que contrarresten el impacto potencialmente nocivo de la modificación de la Capa de Ozono, sobre la salud humana y el medio ambiente;
CONSIDERANDO:
Que sobre la conveniencia de que nuestro país pase a ser parte del Convenio a que se refiere el primer considerando, se escuchó la opinión de órganos técnicos relacionados con la materia, las cuales fueron emitidas todas en sentido favorable, por lo que es precedente su aprobación a efecto de que Guatemala pueda adherirse a dicho instrumento internacional.
POR TANTO:
En cumplimiento de las atribuciones que le asignan los incisos a) y I) del artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala,
DECRETA:
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