ACTA MUNICIPAL  009-2026.2

Se acuerda modificar el Plan de tasas, rentas, frutos, productos y multas, contenido en el Acta Municipal número 027-2012.2

ACTA NÚMERO 009-2026, PUNTO SEGUNDO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE SAYAXCHÉ, DEPARTAMENTO DE PETEN.

CERTIFICA:

Haber tenido a la vista el Libro de Actas Número Catorce (14) Registro Número Trescientos Cinco Guion Dos Mil Veinticinco (305-2025) de Sesiones Ordinarias del Concejo Municipal, autorizado por Contraloría General de Cuentas, en la que consta el Acta Número Cero Cero Nueve Guion Dos Mil Veintiséis (009-2026) de Sesión Ordinaria de Fecha Martes Tres de Marzo del Año Dos Mil Veintiséis (03-03-2026), donde aparece el punto resolutivo SEGUNDO: que copiado literalmente dice:

SEGUNDO: Carlos Alejandro Lara Hércules; Secretario Municipal de la Municipalidad de Sayaxché; Departamento de Petén hace del conocimiento del Honorable Pleno del Concejo Municipal; que es necesario realizar algunas modificaciones en el Plan de Tasas, Rentas, Frutos, Productos y Multas creado mediante Acuerdo Municipal contenido en el Acta Número 027-2012 de Fecha Veinticuatro de Mayo del Año Dos Mil Doce (24-05-2012); Punto Resolutivo SEGUNDO, ya que desde el año 2012, no se ha actualizado siendo que algunos cobros no se ajustan a la realidad actual.

CONSIDERANDO:

Que el Plan de Tasas Administrativas de Servicio, Rentas, Precios, Frutos, Productos y Multas de la Municipalidad que actualmente se tiene en vigencia, ya no satisface las exigencias del sostenimiento estable económico actual de esta municipalidad, el cual pueda reducir el beneficio y desarrollo social de esta población.

CONSIDERANDO:

Que la Municipalidad como entidad autónoma puede ejercer la administración de sus intereses con la finalidad de velar por su fortalecimiento económico, para así impulsar constantemente el desarrollo integral de su municipio tomando en cuenta que ninguna otra disposición la puede disminuir o tergiversar ya que la Corporación Municipal es el órgano deliberante y decisivo de los asuntos del municipio.

POR TANTO:

Con fundamento en lo antes considerado y en lo que para el efecto preceptúan los artículos 121 literales a, b, c, y g, 253, 254, 255, 260 y 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala y 1, 2, 3, 5, 6, 7, 9, 11, 33, 35, 40, 42, 99, 100 y 101 del Código Municipal Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala.

ACUERDA:

 
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