ACTA MUNICIPAL  033-2024.4

(Texto Completo) Reglamento de tasas y arbitrios del municipio de Estanzuela, del departamento de Zacapa.

ACTA NÚMERO 033-2024 PUNTO CUARTO

LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE ESTANZUELA DEL DEPARTAMENTO DE ZACAPA.

CERTIFICA:

Haber tenido a la vista el Libro de Hojas Movibles de Sesiones Ordinarias del Honorable Concejo Municipal, autorizado por la Contraloría General de Cuentas, según registro RHM-053-R-19-2024 de fecha quince de mayo del dos mil veinticuatro, donde quedó registrada el Acta Número: 033-2024 de fecha quince de agosto del año dos mil veinticuatro que en su punto CUARTO literalmente dice:

ACTA NÚMERO 033-2024.- PUNTO CUARTO:

CONSIDERANDO:

Las atribuciones que le confiere el inciso i) del Decreto legislativo 12-2002 -Código Municipal- y sus reformas y en cumplimiento a lo indicado en el articulo 255 Recursos económicos del Municipio, de la Constitución política de la Republica que literalmente establece "Las Corporaciones Municipales deberán procurar el fortalecimiento económico de sus respectivos Municipios, a efecto de poder realizar las obras y prestar los servicios que les sean necesarios" tomando en cuenta que los servicios públicos de calidad en el municipio generan desarrollo económico y generan calidad de vida a sus vecinos proporcionando la satisfacción de las necesidades básicas para lo cual es responsable la Municipalidad por medio del Concejo Municipal como máxima autoridad del Municipio.

CONSIDERANDO:

Que por ser competencia de la Municipalidad la administración y prestación de los servicios públicos dentro de la jurisdicción municipal.

CONSIDERANDO:

Que corresponde con exclusividad al Honorable Concejo Municipal, el ejercicio del gobierno del municipio, velando por la integridad del patrimonio, garantizar sus intereses en base a sus demandas y necesidades de la población, de igual manera asegurar que el vecino (a) contribuya con sus deberes y obligaciones, para que la Municipalidad a través del cobro de arbitrios, tasas municipales y otros ingresos, pueda fomentar su economía para la prestación de los servicios públicos municipales.

POR TANTO:

En base a lo considerado, el Honorable Concejo Municipal con las facultades que le confiere los artículos 239, 253, 254, 255 y 260 de la Constitución Política de la República de Guatemala, artículos 1, 2, 3, 5, 7, 9, 17 inciso "d", artículos 33 y 35 inciso a, d, i, z, artículos 67, 72 y 100 incisos e, r, s y articulo 101 del Decreto Legislativo 12-2002 y su reformas 22-2010, 14-2012 y 39-2016 todos del Congreso de la República, Código Municipal, por unanimidad de votos.

ACUERDA:

Aprobar el presente Reglamento de Tasas y Arbitrios del Municipio de Estanzuela del departamento de Zacapa.

 
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