ACUERDO MINISTERIAL 634-2024
Reglamento para cobro por el uso de los diferentes espacios, bienes y otros servicios que presta el centro cultural "Miguel Ángel Asturias".
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 634-2024
Guatemala, 22 de abril de 2024
LA MINISTRA DE CULTURA Y DEPORTES
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece dentro de las funciones que les corresponden a los Ministros de Estado la de dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados a su Ministerio.
CONSIDERANDO:
Que es competencia del Ministerio de Cultura y Deportes, velar por todas las dependencias que lo integran y emitir las disposiciones que sean necesarias para el buen funcionamiento de las mismas, siendo el Centro Cultural "Miguel Ángel Asturias" una dependencia de la Dirección General de las Artes del Ministerio de Cultura y Deportes, por lo que está dentro de la esfera de su competencia, velar por su desarrollo y buen funcionamiento. Puesto que, en la actualidad el cobro por el uso de los diferentes espacios que componen el complejo del Centro Cultural "Miguel Ángel Asturias", ya no responde a la realidad económica dada el alza de precios en país; por lo que es imperativo actualizarlo y definir el cobro por el uso de los espacios, bienes y servicios que presta, con el fin de ofrecer una atención integral al usuario. Observando que el presente Acuerdo es de estricto interés del Estado.
POR TANTO:
Con base en lo considerado y con fundamento en los artículos 194 literal f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 22 y 27 literales a) y f) y 31 literal a) de la Ley del Organismo Ejecutivo Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala; y 7 del Acuerdo Gubernativo Número 27-2008 de fecha 10 de enero de 2008, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Cultura y Deportes.
ACUERDA:
EMITIR EL REGLAMENTO PARA COBRO POR EL USO DE LOS DIFERENTES ESPACIOS, BIENES
Y OTROS SERVICIOS QUE PRESTA EL CENTRO CULTURAL "MIGUEL ÁNGEL ASTURIAS"
- Buscado: 1,408 veces.
- Ficha Técnica: 45 veces.
- Imagen Digital: 45 veces.
- Texto: 37 veces.
- Formato PDF: 2 veces.
- Formato Word: 1 veces.