ACTA  JD.33.2023.5

Se acuerda aprobar la propuesta de la Gerencia del INAB, para la actualización de los montos por hectárea a incentivar anualmente en cada una de las modalidades de proyectos contempladas en la Ley de -PROBOSQUE- Decreto Número 2-2015.


ACTA NÚMERO: JD.33.2023

EL INFRASCRITO SECRETARIO DE JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE BOSQUES, CERTIFICA: TENER A LA VISTA EL ACTA DE JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE BOSQUES No. JD.33.2023, DEL CUATRO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL VEINTITRÉS, LA CUAL EN SU PARTE CONDUCENTE DICE:

ACTA NÚMERO: JD.33.2023... QUINTO: PUNTOS CENTRALES. 5.1 Propuesta de modificación de Montos del Programa de Incentivos Forestales PROBOSQUE, para aprobación (a solicitud de la Dirección de Desarrollo Forestal y de la Dirección de Manejo y Restauración de Bosques, conforme la hoja de ruta propuesta para la actualización de la normativa que regula los Incentivos Forestales PROBOSQUE). Seguidamente, los miembros de Junta Directiva del Instituto Nacional de Bosques, deliberaron el asunto sometido a su conocimiento y por unanimidad emiten la RESOLUCIÓN siguiente:

JD.01.33.2023


CONSIDERANDO

Que conforme la Ley Forestal, Decreto número 101-96 del Congreso de la República, es atribución de la Junta Directiva del Instituto Nacional de Bosques -INAB-, dictar las disposiciones necesarias para el funcionamiento eficiente de la institución y el cumplimiento de sus fines; así como aprobar las disposiciones para la mejor administración de los Programas de Incentivos Forestales.


CONSIDERANDO

Que la Ley de Fomento al Establecimiento, Recuperación, Restauración, Manejo, Producción y Protección de Bosques en Guatemala -PROBOSQUE-, Decreto número 2-2015 del Congreso de la República, contribuye al desarrollo del país en armonía con el ambiente, aumentando la cobertura forestal mediante el establecimiento, recuperación, restauración, manejo, producción y protección de bosques que aseguren la producción de bienes y la generación de servicios, asimismo, establece que la aplicación de la referida Ley, se encuentra bajo la competencia del Instituto Nacional de Bosques -INAB-, quien a través de su máxima autoridad le corresponde determinar el monto por hectárea a incentivar en cada una de las modalidades de proyectos contempladas en dicha Ley, pudiendo actualizar anualmente dichos montos, los cuales deberán ser publicados en el Diario Oficial durante el mes de septiembre.


CONSIDERANDO

Que la Gerencia del Instituto Nacional de Bosques -INAB-, presentó a la Junta Directiva de -INAB-, la Propuesta de actualización de montos por hectárea a incentivar en cada una de la modalidades de proyectos del Programa de Incentivos Forestales para el Establecimiento, Recuperación, Restauración, Manejo, Producción y Protección de Bosques denominado -PROBOSQUE-, aprobados en la resolución número JD.01.36.2019, la propuesta obedece a la dinámica del programa y actualización de costos de implementación de actividades en cada modalidad, lo que se justifica con el análisis técnico de la Comisión nombrada para el efecto, el cual se enfoca en tres elementos fundamentales: i) la importancia de actualizar los montos en el programa de incentivos PROBOSQUE; ii) la evaluación de la demanda y la inversión que se han realizado en el programa durante el período 2017-2022; y iii) la revisión y actualización de los costos para la implementación de las actividades en cada modalidad y tipo de proyectos; y resalta la importancia que el programa PROBOSQUE durante sus primeros seis años de implementación, ha invertido el 70% de los recursos financieros asignados (Q.843.22 millones) en proyectos en la modalidad de manejo de bosque natural con fines de protección y provisión de servicios ambientales, 20% en proyectos de plantaciones forestales y el restante 10% en proyectos en las modalidades de manejo de bosques naturales con fines de producción, restauración de tierras forestales degradadas y sistemas agroforestales; a la vez se tomó de base la proyección de la demanda de proyectos PROBOSQUE PROBOSQUE para el año 2024, basado en el análisis de lo que implica financieramente la aplicación de la propuesta de actualización de montos, en el marco de dos escenarios, primero si la actualización y nivelación se aplica únicamente a proyectos nuevos y el segundo si se aplica a la demanda total de proyectos, incluyendo proyectos en fases de mantenimiento; así mismo se adjunta el Dictamen Jurídico emitido por la Dirección de Asuntos Jurídicos, en ambos dictámenes se expresa la viabilidad de la actualización de los montos por hectárea a incentivar en cada una de las modalidades del Programa de Incentivos Forestales PROBOSQUE.


POR TANTO

Con base a lo anteriormente considerado y lo preceptuado en los Artículos: 15, 30, 126, 153, 154 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 5, 6, 9,14 del Decreto Número 101-96 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Forestal; 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 10, 14 y 15 del Decreto Número 2-2015 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Fomento al Establecimiento, Recuperación, Manejo, Producción y Protección de Bosques en Guatemala -PROBOSQUE-; y 1, 2, 3, 35, 36, 37, 38, y 39 del Reglamento de la Ley de Fomento al Establecimiento, Recuperación, Restauración, Manejo, Producción y Protección de Bosques en Guatemala -PROBOSQUE-.


RESUELVE

 
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