RESOLUCIÓN  261-2022

Se acuerda aprobar el presupuesto de ingresos y egresos de la Escuela Nacional Central de Agricultura -ENCA- para el período del 1 de enero al 31 de diciembre del año 2023.


RESOLUCIÓN 261-2022

El Infrascrito Secretario del Consejo Directivo de la Escuela Nacional Central de Agricultura:


CERTIFICA

Que para el efecto tuvo a la vista el acta cincuenta y uno guion dos mil veintidós (51-2022) de fecha dieciséis de diciembre del dos mil veintidós (2022) en la que consta la Resolución 261-2022, la cual, en su parte conducente, copiada textualmente se lee:


RESOLUCIÓN 261-2022
EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA ESCUELA NACIONAL CENTRAL DE AGRICULTURA -ENCA-


CONSIDERANDO

Que el artículo 79 de la Constitución Política de la República de Guatemala, establece la creación de la Escuela Nacional Central de Agricultura, para desarrollar planes de estudio agropecuario y forestal, a nivel de enseñanza media, con carácter de entidad descentralizada y autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, declarando de interés nacional el estudio, aprendizaje, explotación, comercialización e industrialización agropecuaria.


CONSIDERANDO

Que el Consejo Directivo es la máxima autoridad de la institución de acuerdo con lo que establece la Ley Orgánica de la Escuela Nacional Central de Agricultura, y que en la misma normativa legal regula que es atribución del Consejo Directivo aprobar el proyecto del presupuesto de la ENCA.


CONSIDERANDO

Que la Ley Orgánica del Presupuesto establece que, el presupuesto será anual y contendrá, para cada ejercicio fiscal, la totalidad de las asignaciones aprobadas para gastos y la estimación de los recursos destinados a su financiamiento, mostrando el resultado económico y la producción de bienes y servicios que generarán las acciones previstas. El ejercicio fiscal del sector público se inicia el uno de enero y termina el treinta y uno de diciembre de cada año.


POR TANTO

Con fundamento en lo anteriormente considerado y leyes citadas, y lo que para el efecto establecen los artículos 6, 7, 11 y 12 de la Ley Orgánica del Presupuesto y los artículos 6 y 10 incisos c), k) y l), 17, 2, 28 y 29 de la Ley Orgánica de la Escuela Nacional Central de Agricultura Decreto Número 51-86 del Congreso de la República.


RESUELVE

 
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