ACTA MUNICIPAL  080/2,022.11

Reglamento Municipal para la prestación del servicio público de agua potable del área urbana del Municipio de Santa Lucía Utatlán, Departamento de Sololá.

ACTA NÚMERO 080/2,022
PUNTO DÉCIMO PRIMERO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL, DEL MUNICIPIO DE SANTA LUCÍA UTATLÁN, DEL DEPARTAMENTO DE SOLOLA.

CERTIFICA: Que para el efecto tuvo a la vista el Libro de Actas de Sesiones del Honorable Concejo Municipal, autorizado por la Contraloría General de Cuentas de la Nación, en el cual se encuentra el Acta Número 080/2,022, que documenta el contenido de la Sesión celebrada el día veinticuatro de Noviembre del año dos mil veintidós, la que en su punto resolutivo literalmente dice:

DÉCIMO PRIMERO: El Honorable Concejo Municipal:

CONSIDERANDO

Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios

CONSIDERANDO

Que el Código de Salud Decreto número 90-97 del Congreso de la República, manda que la municipalidad brinde cobertura universal a la población de su respectiva circunscripción, para el abastecimiento de agua debidamente clorada, disposición final de excretas, conducción y tratamiento de aguas residuales y servidas y se encargue del mantenimiento de los sistemas,

CONSIDERANDO

Que el Código Municipal Decreto número 12 - 2002, faculta para emitir las disposiciones necesarias para el establecimiento, regulación y atención de los servicios públicos contenidas en ordenanzas y reglamentos, así como para vigilar su cumplimiento. Además, le otorga competencias para velar por la integridad de su patrimonio, así como promover y proteger los recursos naturales del municipio, dictando las disposiciones necesarias y coordinando acciones con los entes nacionales especializados, usuarios y población

POR TANTO:

El Concejo Municipal en uso de las facultades que le confieren las leyes citadas, resuelve y

ACUERDA APROBAR EL SIGUIENTE:

REGLAMENTO MUNICIPAL PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE AGUA POTABLE DEL
ÁREA URBANA DEL MUNICIPIO DE SANTA LUCÍA UTATLÁN, DEPARTAMENTO DE SOLOLÁ

CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES:

 
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