ACTA MUNICIPAL  25-2022.4

Se acuerda aprobar la incorporación del cobro por licencia de urbanización para este municipio, el cual será del 5% del costo total del proyecto, al Plan de tasas vigente del Municipio de Patzún, Departamento de Chimaltenango.


ACTA NÚMERO 25-2022 PUNTO CUARTO

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE PATZÚN DEL DEPARTAMENTO DE CHIMALTENANGO.

CERTIFICA:

TENER A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES EXTRAORDINARIAS DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL AUTORIZADO POR LA DELEGACIÓN DEPARTAMENTAL DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS, EN EL QUE APARECE EL PUNTO CUARTO DEL ACTA DE SESIÓN EXTRAORDINARIA NUMERO VEINTICINCO GUION DOS MIL VEINTIDÓS (25-2022) DE FECHA DIEZ DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS QUE COPIADO LITERALMENTE EN SU PUNTO CUARTO SE LEE:

CUARTO: El Honorable Concejo Municipal de la Municipalidad de Patzún del departamento de Chimaltenango, CONSIDERANDO: Que es competencia del Concejo Municipal crear, modificar y suprimir tasas mediante la emisión de la ordenanza correspondiente. CONSIDERANDO: Que las Personas Individuales y Jurídicas solicitan a la Municipalidad las aprobaciones de Proyectos de Urbanización, cuando estas estén dentro de la Jurisdicción de este Municipio. CONSIDERANDO: Que es potestad de la municipalidad, Acordar la Autorización para llevar a cabo los Parcelamientos, según la Ley de Parcelamientos Urbanos. CONSIDERANDO: Que es necesario incorporar al Plan de Tasas Vigente de la Municipalidad de Patzún, departamento de Chimaltenango, el cobro por Licencia de Urbanización para este municipio, el cual será del 5% del Costo Total del Proyecto, el cual se detalla a continuación:

URBANIZACIONES: Lotes
que cuenten con drenaje
sanitario, agua potable, energía
eléctrica, pavimentación de
calles, área verde, parqueos.
(El valor no incluye licencia de
construcción de casas).
PRESUPUESTO DEL COSTO
TOTAL DE URBANIZACION.

(Evaluado por el personal técnico
municipal).
5% del Costo Total de la
Urbanización

POR TANTO: El Concejo Municipal, con fundamento en los considerados y lo que para el efecto preceptúan los articulos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 9, 33, 35, 68 y 72 del Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Código Municipal, por unanimidad de criterios: ACUERDA:

 
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