ACUERDO GUBERNATIVO 84-2021
Se acuerda aprobar la ampliación del presupuesto de ingresos y egresos del Instituto de Ciencias y Tecnología Agrícolas (ICTA), correspondiente al ejercicio fiscal 2021.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 84-2021
Guatemala, 13 de abril de 2021
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo preceptuado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO
Que el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a) y el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la mencionada Ley, Artículo 44, establecen que cuando se amplíe el presupuesto de las Entidades Descentralizadas, se realizará por medio de Acuerdo Gubernativo, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas.
CONSIDERANDO
Que el Instituto de Ciencia y Tecnología Agrícolas (ICTA), solicitó autorización para una ampliación a su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal 2021, en la cantidad de DIEZ MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA MIL QUETZALES (Q10,350,000), para incorporar recursos provenientes de saldos de caja de ingresos propios, que se destinarán a la contratación de personal a destajo, pago de servicios básicos, viáticos, reparación de vehículos y otros servicios; la adquisición de químicos, combustibles, abonos, fertilizantes, insecticidas, y diversos bienes; y equipamiento como bombas para riego, motores para pozos, tratadora de semillas, vehículos y computadoras, con el fin de fortalecer las capacidades institucionales enfocadas a la reactivación productiva y económica para, los agricultores, y proyectos de investigación, de acuerdo a los convenios multianuales de cooperación técnica y financiera suscritos entre el citado Instituto y el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación; así como para cubrir el pago por servicios de fiscalización, derivado de la presente ampliación.
CONSIDERANDO
Que al tener de lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, artículos 13, 17, 29 y 29 Bis, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las autoridades del Instituto de Ciencia y Tecnología Agrícolas (ICTA), serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la ampliación presupuestaria propuesta y la utilización correcta de los créditos aprobados mediante el presente Acuerdo Gubernativo; correspondiéndole la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas.
CONSIDERANDO
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número, 097 de fecha 18 MAR 2021, de la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 86-2021 de fecha 22-03-2021, emitida por el Ministerio de Finanzas Públicas;
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el Artículo 183, literales e) y q); y con fundamento en lo que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a); y lo que establece el Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 44;
ACUERDA
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