ACUERDO MINISTERIAL 48-2021
Se acuerda modificar los artículos 6 y 17 del Acuerdo Ministerial número 341-2019, de fecha 26 de noviembre de 2019.
ACUERDO MINISTERIAL No. 48-2021
Edificio Monja Blanca: Guatemala, 15 de marzo de 2021
EL MINISTRO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y ALIMENTACIÓN
CONSIDERANDO:
Que es de estricto interés del Estado y de interés general a través del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, atender los asuntos concernientes al régimen de producción agrícola, pecuaria e hidrobiológica, así como aquellas que tienen por objeto mejorar las condiciones alimentarias de la población.
CONSIDERANDO:
Que a través del Acuerdo Ministerial número 341-2019 de fecha 26 de noviembre de 2019, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, emitió las "DISPOSICIONES APLICABLES A LA IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, MOVILIZACIÓN O TRASLADOS DE PLANTAS, PRODUCTOS O SUBPRODUCTOS DE ORIGEN VEGETAL".
CONSIDERANDO:
Que al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación le corresponde la aplicación de medidas técnicas, así como la aplicación de las normas vigentes, facilitando el comercio y protegiendo el régimen agropecuario del país, se hace necesario realizar las modificaciones siguientes.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere los artículos 194 de la Constitución Política de la República Guatemala, 27 y 29 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República y sus reformas; 6 de la Ley de Sanidad Vegetal y Animal, Decreto número 36-98 del Congreso de la República; y 7 del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Acuerdo Gubernativo número 338-2010.
ACUERDA:
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