ACUERDO GUBERNATIVO 214-2018
Se Acuerda Aprobar El Presupuesto De Ingresos Y Egresos Del Instituto De Ciencia Y Tecnología Agrícolas -ICTA- Para El Ejercicio Fiscal Del Año Dos Mil Diecinueve.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 214-2018
Guatemala, 14 de diciembre de 2018
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos,
CONSIDERANDO
Que la Junta Directiva del Instituto de Ciencia y Tecnología Agrícolas -ICTA-, con base en lo que establece el numeral 4) del Artículo 11, del Decreto Número 68-72 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Instituto de Ciencia y Tecnología Agrícolas -ICTA-, emitió el punto resolutivo Número JD-04-5-03/2018 incluido en el punto quinto del Acta Número JD-03-2018 del 21 de junio de 2018, por medio del cual aprobó el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos de la referida Institución para el Ejercicio Fiscal dos mil diecinueve, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas.
CONSIDERANDO
Que al tenor de lo preceptuado en los artículos 13, 17, 29 y 29 Bis, del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las Autoridades del Instituto de Ciencia y Tecnología Agrícolas (ICTA), serán responsables de la ejecución presupuestaria de ingresos y egresos de su Entidad, por lo que, queda bajo su responsabilidad los montos programados y la utilización correcta de los recursos asignados para el ejercicio fiscal dos mil diecinueve; correspondiéndole la fiscalización respectiva a la Contraloría General de Cuentas.
CONSIDERANDO
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y se cuenta con el Dictamen Número 818 del 12 DIC 2018, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto, así como la Resolución Número 478 del 13-12-2018 del Ministerio de Finanzas Públicas.
POR TANTO
En ejercicio de la función que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 183, literal e), y con fundamento en lo que preceptúa el Artículo 40 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, así como lo que establece el Artículo 43 del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley.
ACUERDA
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