ACTA MUNICIPAL  15-2018.3

Reglamento Específico Para Establecimientos De Expendio De Bebidas Alcohólicas Y Fermentadas O Destiladas En El Municipio De Pachalum, Departamento De Quiché.

LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE PACHALUM, DEPARTAMENTO DE QUICHÉ, CERTIFICA: que para el efecto tiene a la vista el punto tercero del Acta número quince del año dos mil dieciocho, de la Sesión Publica Ordinaria del Honorable Concejo Municipal de Pachalum, departamento de Quiché, celebrada el veinte de abril de dos mil dieciocho, el cual en su parte conducente dice:

TERCERO:"CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo preceptuado en la Constitución Política de la República de Guatemala; el gobierno municipal es una institución autónoma con facultad de obtener y disponer de sus recursos económicos y naturales, el ordenamiento territorial y el cumplimiento de sus fines sociales, económicos, culturales, religiosos y políticos. CONSIDERANDO: Que el decreto número 56-95 del Congreso de la República de Guatemala, faculta a las municipalidades de la República, para que delimiten y establezcan áreas o espacios físicos que pueden ser utilizados para el funcionamiento de establecimientos abiertos al público. CONSIDERANDO: Que con base a la autonomía municipal, las facultades otorgadas por la ley para el cumplimiento de los fines del municipio, y que las municipalidades tienen la facultad de emitir ordenanzas y reglamentos, de acuerdo al Código Municipal y Artículo 7 de la Ley de Descentralización, Decreto 14-2002 del Congreso de la República de Guatemala. POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto regulan los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala: 3, 7, 9, 33, 35, incisos a), b), d), e), i), z) 142 y 143 del Código Municipal, decreto número 12-2002 del Congreso de la República, LOS MIEMBROS DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE PACHALUM, DEPARTAMENTO DE QUICHÉ POR UNANIMIDAD DE VOTOS;


ACUERDA:

1. Emitir el


"REGLAMENTO ESPECÍFICO PARA ESTABLECIMIENTOS DE EXPENDIO DE
BEBIDAS ALCOHÓLICAS Y FERMENTADAS O DESTILADAS.

Su NATURALEZA es de orden público e interés social, y de observancia obligatoria para los propietarios de los establecimientos abiertos al público para la venta, distribución y expendio de bebidas alcohólicas, y/o personas que consuman bebidas alcohólicas en el Municipio de Pachalum, del Departamento del Quiché.

 
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