ACTA MUNICIPAL  46-2018.3

Plan De Tasas De La Municipalidad De Guastatoya, Del Departamento De El Progreso, Por La Contra Prestación De Servicios De Esta Municipalidad A Favor De Personas Individuales Y Jurídicas.

LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUASTATOYA, DEL DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO, CERTIFICA: Que para su cumplimiento y efectos consiguientes, se transcribe el punto TERCERO, del acta 46-2018, de fecha ocho de junio de dos mil dieciocho, del libro 2738 de sesiones ordinarias, debidamente autorizado por la Contraloría General de Cuentas, el que copiado literalmente establece:


TERCERO:

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL


CONSIDERANDO:

Que por mandato Constitucional, los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas, correspondiéndoles entre otras funciones la de obtener y disponer de sus recursos;


CONSIDERANDO:

Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal la deliberación y decisión del gobierno y administración del patrimonio e intereses del municipio. CONSIDERANDO: Que los Concejos Municipales por imperativo Constitucional, deben de procurar el fortalecimiento económico de sus respectivos municipios, a efecto de poder realizar las obras y prestar los servicios que les sean necesarios.


CONSIDERANDO:

Que es competencia del Concejo Municipal la fijación de rentas de los bienes municipales, y en su caso la determinación y cobro de tasas;


CONSIDERANDO:

Que se hace necesario fijar valores a las tasas municipales de los diferentes servicios que presta esa Municipalidad a favor de personas individuales y jurídicas, ajustándolas a la realidad económica actual, y fundados conforme al principio de capacidad de pago, logrando un sistema justo y equitativo, que permita obtener los costos de los recursos humanos y materiales que intervienen en los mismos.


POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado y lo preceptuado en los artículos 239, 254, 255, de la Constitución Política de la República; y los artículos 3, 9, 11, 33, 35, 42, 68, 72 y 100 del Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, Código Municipal y sus reformas, POR UNANIMIDAD,


ACUERDA:


I) ESTABLECER EL PLAN DE TASAS DE LA MUNICIPALIDAD DE GUASTATOYA,
DEL DEPARTAMENTO DE EL PROGRESO, POR LA CONTRA PRESTACION DE SERVICIOS
DE ESTA MUNICIPALIDAD A FAVOR DE PERSONAS INDIVIDUALES Y JURIDICAS,
CONFORME AL OBJETO Y VALORES QUE A CONTINUACION SE DESCRIBEN:

 
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