ACTA MUNICIPAL  28-2017.6

Reglamento de Transporte Colectivo, de Carga y de Prestación de Servicio de Transporte de Personas.

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE TECULUTAN, DEPARTAMENTO DE ZACAPA:


CERTIFICA:

Haber tenido a la vista el libro de Hojas Móviles para Actas de Sesiones del Honorable Concejo Municipal número cuarenta y cuatro (44), autorizado por la Contraloría General de Cuantas bajo registro número RHM-001-R-19-2017 de fecha seis de enero de dos mil diecisiete, en el cual quedó registrada el Acta Número 28-2017, de fecha 05 de julio del año 2017, y en ella el PUNTO SEXTO, que literalmente dice:-

ACTA NUMERO 28-2017 PUNTO SEXTO: El Honorable Concejo Municipal CONSIDERANDO; Que con base al mandato constitucional, en donde expresa que para la ejecución de sus ordenanzas y el cumplimiento de sus disposiciones, las municipalidades podrán crear de conformidad con la ley, su Juzgado de Asuntos Municipales de Tránsito y Policía Municipal de Tránsito de acuerdo con los recursos y necesidades, los que funcionan bajo órdenes directas del Alcalde Municipal, CONSIDERANDO: Que entre las atribuciones generales del Código Municipal le corresponde con exclusividad emitir los reglamentos y ordenanzas para la organización y demás disposiciones que garanticen la buena marcha de la administración municipal. POR TANTO: En uso de las facultades que le confieren los Artículos 253, 254, y 259 de la Constitución Política de la República de Guatemala y los Artículos 3, 6, 9, 33, 34, 35, 90, 142, y 161 del Código Municipal decreto 12-2002 del Congreso de la República, este cuerpo colegiado, ACUERDA: I) Emitir el


REGLAMENTO DE TRANSPORTE COLECTIVO, DE CARGA
Y DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAS.

MUNICIPALIDAD DE TECULUTÁN DEPARTAMENTO DE ZACAPA.
REGLAMENTO DE TRANSPORTE COLECTIVO, DE CARGA Y DE PRESTACIÓN DE
SERVICIO DE TRANSPORTE DE PERSONAS DEL MUNICIPIO DE TECULUTÁN,
DEPARTAMENTO DE ZACAPA.


CONSIDERANDO:

Que por imperativo constitucional, le corresponde a las Municipalidades del país la prestación de servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.


CONSIDERANDO:

La necesidad que tiene el municipio de Teculután departamento de Zacapa de regular y ordenar el transporté de carga y de pasajeros dentro de su jurisdicción y cumplir sus fines propios de tránsito; siendo atributo del Concejo Municipal, la emisión de reglamentos y ordenanzas para la organización y funcionamiento de sus dependencias de servicio.


POR TANTO:

Con fundamento en los artículos 224 y 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1,2,3,5,9,35 incisos a), b), d), i) y z), 67, 68, inciso c), 72, 142 inciso a) del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República, 5,6,7 y 8 de la Ley de Tránsito.


CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
...
Consultas:
  • Buscado: 1,985 veces.
  • Ficha Técnica: 18 veces.
  • Imagen Digital: 18 veces.
  • Texto: 17 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 0 veces.
  • Formato Word: 3 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu