ACTA MUNICIPAL 044-2017
Reglamento para la Administración del Mercado Municipal y Piso de Plaza, del Municipio de Purulhá, Departamento de Baja Verapaz.
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE PURULHA BAJA VERAPAZ
CERTIFICA
Que para el efecto ha tenido a la vista el libro No. 77 de Actas de sesiones ordinarias y extraordinarias del Concejo Municipal, debidamente autorizada por la Contraloría General de Cuentas, en el cual a folios del 002 al 012 se encuentra el acta No. 044-2017 de fecha seis de junio del año dos mil diecisiete, la que copiada en sus partes conducentes establece:
ACTA No. 044-2017.
Sesión Pública ordinaria celebrada por la Honorable Corporación Municipal del Municipio de Purulhá, del Departamento de Baja Verapaz; el día martes seis de junio del año dos mil diecisiete, en el Salón de Sesiones de la Municipalidad, presidida por el señor Sebastian Castro Garcia, Alcalde Municipal; con la asistencia de los Síndicos Primero y Segundo, señores: Walter Otoniel López Paau y Jaime Humberto Cap Fortín, respectivamente; los Concejales, Primero, Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto, en su orden, señores: Martin Macz Ichich, Hermenegildo Cuz Xol, Juan Francisco Muz López, Walter Fernando Tun Coy, Neftalí Catalino Paredes Pérez; y con la presencia del Secretario Municipal, Señor David López Ayú; con el propósito de tratar asuntos Municipales de importancia, por lo que siendo las diecisiete horas, se procedió de la manera siguiente:
PRIMERO: El señor Alcalde Municipal con las formalidades del caso, declara abierta la presente sesión Ordinaria, seguidamente se tiene a bien realizar una oración.
SEGUNDO: A continuación es presentada la agenda a tratar, la que fue aprobada por unanimidad de parte de los miembros del Concejo presentes
TERCERO: Seguidamente y de parte del Secretario Municipal, se le da lectura al acta número 043-2017 de fecha dos de junio del año dos mil diecisiete, la que fue aprobada y firmada de conformidad de parte de los miembros del Concejo Municipal
CUARTO: ..... QUINTO: ..... SEXTO: ..... SEPTIMO: ..... OCTAVO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE PURULHÁ, DEPARTAMENTO DE BAJA VERAPAZ.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios; para lo que emitirán las ordenanzas y reglamentos respectivos
CONSIDERANDO:
Que el artículos 68 del Código Municipal establece en su literal a) que es una competencia propia del municipio el establecimiento y regulación de mercados.
CONSIDERANDO:
Que para garantizar a los vecinos del Municipio de Purulhá una eficiente prestación del servicio en las instalaciones del mercado municipal, es indispensable contar con un reglamento para regular lo relativo a su administración y funcionamiento.
POR TANTO:
El Concejo Municipal, con base en lo considerado y lo que para el efecto establecen los artículos 1; 2; 3; 5; 6; 7; 11; 34; 35 literal a), e), i) y 68 literal a) del Código Municipal, decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, por unanimidad de votos al resolver
ACUERDA:
Aprobar el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL MERCADO MUNICIPAL Y PISO DE PLAZA,
DEL MUNICIPIO DE PURULHA, DEPARTAMENTO DE BAJA VERAPAZ.
TÍTULO I
CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES
- Buscado: 764 veces.
- Ficha Técnica: 5 veces.
- Imagen Digital: 3 veces.
- Texto: 2 veces.
- Formato PDF: 0 veces.
- Formato Word: 1 veces.