ACUERDO MINISTERIAL  51-2017

Se adiciona el artículo 1. Bis al acuerdo ministerial OM-265-98 de fecha 20 de julio de 1998.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 51 -2017

Guatemala, 27 de febrero de 2017


EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS


CONSIDERANDO:

Que a través del Acuerdo Ministerial número OM-265-98, de fecha 20 de julio de 1998, emitido por el Ministerio de Energía y Minas, se le otorgó a la Empresa de Generación de Energía Eléctrica -EGEE-, del Instituto Nacional de Electrificación -INDE-, Autorización Definitiva para el Servicio de Generación de Energía Eléctrica, mediante el aprovechamiento del recurso hídrico, para la Planta Hidroeléctrica Santa María, por un plazo de cincuenta (50) años, contado a partir del día siguiente de la fecha de notificación del Acuerdo Ministerial relacionado.


CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Energía y Minas, a través de la resolución número 000162, de fecha 05 de enero de 2016, modificada mediante la resolución número 5748, de fecha noviembre veintiuno de dos mil dieciséis, autorizó la modificación de la Escritura Pública número 5, autorizada en esta Ciudad por la Notaria Sara Lorena Ralda Porras, con fecha 5 de agosto de 1998, la cual contiene el Contrato de Autorización Definitiva para la Prestación del Servicio de Energía Eléctrica, para el proyecto hidroeléctrico denominado Planta Hidroeléctrica Santa María, suscrito entre el Ministerio de Energía y Minas y la Empresa de Generación de Energía Eléctrica -EGEE- del Instituto Nacional de Electrificación -INDE-, con el objeto de indicar la elevación y los afluentes a utilizar en dicho proyecto.


CONSIDERANDO:

Que este Ministerio, a través de la resolución número MEM-RESOL-2017-445 fecha veintisiete de febrero de dos mil diecisiete, autorizó a la Empresa de Generación de Energía Eléctrica -EGEE- del Instituto Nacional de Electrificación -INDE, la Reformar el Acuerdo Ministerial número OM-265-98 de fecha 20 de julio de 1998.


POR TANTO:

Este Ministerio, en el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 1, 3,6,7,8,10,12,13,14,15, 16, 17, 18, 19 y 20 de la Ley General de Electricidad; 4, 9 y 14 del Reglamento de la Ley General de Electricidad; 22 y 27 literal m) de la Ley del Organismo Ejecutivo; 4 literal h) y 6 literal b) del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas;


ACUERDA:

 
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