RESOLUCIÓN  JM-123-2016

Se Modifica la REGLA DE PARTICIPACIÓN DEL BANCO DE GUATEMALA EN EL MERCADO INSTITUCIONAL DE DIVISAS, de la resolución número JM-171-2011, y sus modificaciones.

JUNTA MONETARIA
RESOLUCIÓN JM- 123-2016

Inserta en el punto tercero b) del acta 53-2016, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 14 de diciembre de 2016.

PUNTO TERCERO b): Revisión de la Política Monetaria, Cambiaria y Crediticia, a noviembre de 2016.

RESOLUCIÓN JM-123-2016 Conocido el documento del Banco de Guatemala, que contiene la Evaluación de la Política Monetaria, Cambiaria y Crediticia, a noviembre de 2016, y Perspectivas Económicas para 2017, del 12 de diciembre de 2016.


LA JUNTA MONETARIA:

CONSIDERANDO: Que ante las perspectivas de crecimiento de la economía internacional, incluyendo la de los principales socios comerciales de Guatemala, así como las condiciones económicas internas previstas, se estima que el país podría registrar un incremento del Producto interno Bruto (PIB), en términos reales, de entre 3.0% y 3.8% para 2017; CONSIDERANDO: Que las proyecciones de los sectores monetario, real, fiscal y externo se fundamentan en la información más reciente, entre la que destaca las perspectivas económicas mundiales del Fondo Monetario Internacional (FMI) y de otros entes internacionales, las cuales están sujetas a revisiones periódicas, dado que la recuperación de la economía mundial está rodeada de riesgos, en una coyuntura en la que prevalece el avance del proceso de normalización de la política monetaria estadounidense; CONSIDERANDO: Que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2017 prevé un déficit fiscal de 1.9% del PIB; CONSIDERANDO: Que en un esquema de metas explícitas de inflación, el enfoque de gradualidad en la fiexibilización cambiaria sigue siendo una opción razonable para la economía guatemalteca, particularmente en la actual coyuntura, dado que contribuye a que el tipo de cambio nominal absorba choques externos y brinde señales claras a los agentes económicos acerca de la determinación del precio de la divisa; CONSIDERANDO: Que, de la evaluación realizada a la política monetaria, cambiaria y crediticia en 2016, este cuerpo colegiado estima pertinente introducir modificaciones a la misma,


POR TANTO:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 132 y 133 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 4, 13 y 26 de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, y tomando en cuenta el documento que contiene la Evaluación de la Política Monetaria, Cambiaria y Crediticia, a noviembre de 2016, y Perspectivas Económicas para 2017, del 12 de diciembre de 2016,


RESUELVE:

 
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