ACUERDO GUBERNATIVO  190-2016

SE deroga el Acuerdo Gubernativo 460-2014, el cual aprobó las diligencias de inscripción de la posesión de un terreno, a favor de la Municipalidad de Zaragoza, Departamento de Chimaltenango.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 190-2016

Guatemala, 10 de octubre de 2016


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO

Que mediante Acuerdo Gubernativo número 460-2014 de fecha 18 de diciembre de 2014, publicado en el Diario de Centro América el 5 de enero de 2015 se aprobaron las diligencias de inscripción de la posesión a favor de la Municipalidad de Zaragoza, departamento de Chimaltenango, de una fracción de terreno de 12,835.19 metros cuadrados, de conformidad con el punto cuarto del acta COM-07-2013 de fecha 21 de febrero de 2013, para que se lleve a cabo la construcción de un gimnasio para el Instituto Nacional de Educación Básica -INEB-, ubicada en la 3a avenida 7-84. zona 2. Potreritos, municipio de Zaragoza, departamento de Chimaltenango.


CONSIDERANDO

Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente 2023-27067 opinó de manera favorable respecto a derogar el Acuerdo Gubernativo citado; asimismo, al haberse cumplido con el procedimiento señalado en el Decreto Ley 141-85 del Jefe de Estado; es procedente aprobar las diligencias de inscripción de la posesión a favor de la Municipalidad de Zaragoza, departamento de Chimaltenango, sobre una fracción de terreno de 12,835.19 metros cuadrados, para que se lleve a cabo la construcción de un gimnasio para el Instituto Nacional de Educación Básica -INEB-, ubicada en la 3a avenida 7-84, zona 2, Potreritos. municipio de Zaragoza, departamento de Chimaltenango, de conformidad con el punto cuarto del acta COM-07-2013 de fecha 21 de febrero de 2013, modificada por el punto primero del acta COM-24-2015 de fecha 18 de junio de 2015 del Concejo Municipal, por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j); y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo; artículo 2 literal c) del Decreto Ley número 141-85 del Jefe de Estado.


ACUERDA

 
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