ACUERDO MINISTERIAL  64-2015

Se aprueban los lineamientos de observancia y aplicación general para el ministerio de gobernación y sus dependencias para la implementación del decreto 57-2008.

Derogado por Acuerdo Ministerial Número 81-2015


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 64-2015

Guatemala, 26 de enero de 2015


EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala garantiza el acceso a la información pública preceptuando que todos los actos de la administración son públicos y que los interesados tienen derecho a obtener, en cualquier tiempo informes, copias, reproducciones y certificaciones que soliciten y la exhibición de los expedientes que deseen consultar, salvo que se trate de asuntos militares o diplomáticos de seguridad nacional, o de datos suministrados por particulares bajo garantía de confidencia. De igual forma, que toda persona tiene el derecho de conocer lo que de ella conste en archivos, fichas o cualquier otra forma de registros estatales, y la Finalidad a que se dedica esta información, así como la corrección, rectificación y actualización


CONSIDERANDO:

Que el Decreto Número 57-2008 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Acceso a la Información Pública, establece que el acceso a la información en poder del Estado es un derecho humano universal, mismo que está obligado a garantizar su ejercicio; a su vez. es un derecho democrático que fortalece la transparencia mediante la publicidad y la rendición de cuentas, pudiendo ser limitado únicamente de acuerdo a lo establecido en la Constitución Política de la República de Guatemala, la que por disposición expresa de una ley sea considerada confidencial, la información clasificada como reservada de conformidad con la Ley de la materia y la que de acuerdo a tratados o convenios internacionales ratificados por el Estado de Guatemala, tengan cláusula de reserva.


CONSIDERANDO:

Que en virtud de la naturaleza de las funciones del Ministerio de Gobernación, es esencial mantener en resguardo ciertos asuntos determinantes para la toma efectiva de decisiones, sin menoscabar el derecho universal de saber, haciéndose necesaria la aplicación de lineamientos generales que permitan informar debidamente a la población sobre la gestión pública de esta Institución, sin inadvertir el debido cumplimiento de sus funciones, garantizando el libre acceso a la información y promoviendo el fortalecimiento de la transparencia.


POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 27 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; 2, 6 numeral 1, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32 y 33 del Decreto número 57- 2008 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Acceso a la Información Pública.


ACUERDA:

Aprobar los siguientes:


Lineamientos de observancia y aplicación general para el
Ministerio de Gobernación y sus Dependencias para la implementación
del Decreto Número 57-2008 del Congreso de la República de Guatemala,
Ley de Acceso a la información Pública en Materia de Clasificación,
Desclasificación y Custodia de Información Reservada y Confidencial

I
Disposiciones Generales

 
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