ACUERDO GUBERNATIVO  299-2014

Reformas al Acuerdo Gubernativo 338-2013, Reglamento de Normas Sanitarias para la Autorización y Vigilancia de la Publicidad de Productos derivados del Tabaco


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 299-2014

Guatemala, 2 de septiembre de 2014


El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que el Decreto Número 90-97 del Congreso de la República, Código de Salud y sus reformas contenidas en el Decreto Número 50-2000 del Congreso de la República referente a la regulación en materia de publicidad de los productos derivados del tabaco, en su artículo 49 desarrolla las prohibiciones, limitaciones y requisitos que en materia de publicidad deben cumplir las entidades privadas que comercializan productos relacionados con tabaco, siendo el fin dar a conocer a la población los efectos dañinos para la salud del consumidor,


CONSIDERANDO:

Que para lograr la efectiva aplicación de lo establecido en el artículo 49 del Código de Salud, con fecha 23 de agosto de 2013, fue publicado el Acuerdo Gubernativo Número 338-2013, el cual desarrolla nuevas disposiciones reglamentarias para establecer las competencias y responsabilidades de cada uno de los involucrados en la autorización de la publicidad que se realice por medios de comunicación masiva, debiendo contar con la autorización del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, antes de su difusión en medios escritos, gráficos, radiales, televisivos, eléctricos o electrónicos y unidades móviles, así como el fortalecimiento de las disposiciones de vigilancia para su estricto cumplimiento.


CONSIDERANDO:

Que para lograr los objetivos de salud en materia procedimental sobre las autorizaciones de material publicitario de productos derivados del tabaco, fortalecer el procedimiento, determinar claramente las prohibiciones y limitaciones establecidas en el Código de Salud y la vigilancia del cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que les corresponde a las empresas que comercializan este producto, se hace necesario modificar el Acuerdo Gubernativo Número 338-2013, consolidando con ello la modernización y actualización de estos procedimientos, teniendo clara la importancia de limitar el uso de la publicidad en estricto apego a lo contemplado en la Constitución Política de la República y las disposiciones del artículo 49 del Código de Salud,


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 38, 47, 49, 68 y 244 del Decreto Número 90-97 del Congreso de la República, Código de Salud, y sus reformas contenidas en el Decreto Número 50-2000 del Congreso de la República.


ACUERDA:

Emitir las siguientes:


Reformas al Acuerdo Gubernativo Número 338-2013
que contiene el "Reglamento de Normas Sanitarias para la
Autorización y Vigilancia de la Publicidad de Productos
derivados del Tabaco"

 
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