ACTA MUNICIPAL  39-2013.2

Reglamento para la administración y prestación del servicio de abastecimiento de agua y alcantarillado del Municipio de San Rafael Pie de la Cuesta, Departamento de San Marcos


MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL PIE DE LA CUESTA,
DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS


LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE SAN RAFAEL PIE DE LA CUESTA DEL DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS.

CERTIFICA:

Que en el acta No. 39-2013, de fecha 19 de junio de 2013, se encuentra contenido el punto SEGUNDO, que copiado literalmente dice:


SEGUNDO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN RAFAEL PÍE DE LA CUESTA, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS
CONSIDERANDO:

Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.


CONSIDERANDO:

Que el articulo 72 del Código Municipal establece que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios.


CONSIDERANDO:

Que a pesar de que en el Municipio de San Rafael Pie de la Cuesta se presta el servicio público municipal de abastecimiento de agua potable y alcantarillado es necesario reformar el reglamento que lo regule, estableciendo normas claras sobre su administración, su uso y los derechos y deberes de la Municipalidad y los vecinos al respecto.


POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República; 3, 33, 35, 68, 72, 100 y 101 del Código Municipal (Decreto 12-2,002 del Congreso de la República de Guatemala), por unanimidad:


ACUERDA:

Aprobar el siguiente:

REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA Y ALCANTARILLADO DEL MUNICIPIO DE SAN RAFAEL PIE DE LA CUESTA, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS,


TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Y ADMINISTRACIÓN
CAPÍTULO ÚNICO OBJETO, PRINCIPIOS Y ADMINISTRACIÓN

 
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