ACTA MUNICIPAL  54-2013.5

Se concede dentro del período de vigencia del presente acuerdo, la exoneración del 50% del valor de las multas de tránsito impuestas del 1 de enero 2008 al 30 de junio del 2013, Municipalidad de San Juan Sacatepéquez, Guatemala


ACTA 54-2013 PUNTO QUINTO

SESION ORDINARIA DE FECHA 27-06-2013


HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA VILLA DE SAN JUAN SACATEPÉQUEZ
DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA.


Considerando

Que el artículo 261 de la Constitución Política de la República de Guatemala establece que ningún organismo del Estado está facultado para eximir de tasas o arbitrios municipales a personas individuales o jurídicas, salvo las propias municipalidades y lo que al respecto establece esta Constitución.


Considerando

Que de conformidad con el artículo 105 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República y sus reformas. Ningún organismo del Estado está facultado para eximir de pago de arbitrios o tasas a las personas individuales o jurídicas contribuyentes, salvo la propia municipalidad y lo que al respecto establece la Constitución Política de la República. El Concejo Municipal podrá resolver, con el voto favorable de la dos terceras (2/3) partes del total de los miembros que lo integran, la condonación o la rebaja de multas y recargos por falta de pago de arbitrios, tasas y otras contribuciones y derechos, siempre que lo adeudado se cubra en el tiempo que se señale.


Considerando

Que se encuentra vigente a partir del dieciséis de abril del año dos mil trece, el convenio de persecución de multas de tránsito, suscrito entre la Municipalidad de San Juan Sacatepéquez y el Departamento de Tránsito de la Policía Nacional Civil.


Considerando

Que existe una cartera de deuda a la Municipalidad de San Juan Sacatepéquez, por concepto de multas de tránsito no pagadas del año dos mil ocho a la fecha.


Por Tanto

El Concejo Municipal de la Villa de San Juan Sacatepéquez, del Departamento de Guatemala con fundamento en lo considerado y en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 253 de la Constitución Política de la República, los artículos 35, 67, 68 y 72 del Código Municipal decreto 12- 2002 del Congreso de la República de Guatemala.


Acuerda:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 3,367 veces.
  • Ficha Técnica: 9 veces.
  • Imagen Digital: 9 veces.
  • Texto: 6 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 1 veces.
  • Formato Word: 2 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu