ACTA MUNICIPAL  12-2012.14

Reglamento de Construcciones, Urbanización y Ornato del Municipio de Masagua, del departamento de Escuintla


EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE MASAGUA DEL
DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA

CERTIFICA: Que a ha tenido a la vista el tomo que contiene las hojas movibles para acta de sesiones ordinarias y extraordinarias del concejo municipal y que aparece el acta número doce guión dos mil doce 12-2012, de fecha siete de Febrero del año dos mil doce (07/02/2012), de la sesión pública ordinaria y que en su punto DECIMO CUARTO copiado literalmente dice: DECIMO CUARTO: La señora Alcaldesa Municipal, Somete a consideración la creación y aprobación del Reglamento de Licencias de Construcción de la Municipalidad de Masagua, del Departamento de Escuintla, tanto para Residencias habitacionales, urbanas y Rurales, Industriales, Comerciales, e inmobiliarias que se edifiquen dentro de la Jurisdicción Municipal de éste Municipio, Planteando la necesidad de establecer una normativa que esté de acuerdo al desarrollo industrial, productivo así como al crecimiento demográfico del Municipio de Masagua del Departamento de Escuintla: Por tanto, Este Concejo Municipal por Unanimidad

ACUERDA:

I).- Aprobar la creación del Reglamento de Licencias de Construcción de la Municipalidad de Masagua, del Departamento de Escuintla,

tanto para Residencias habitacionales, urbanas y Rurales, Industriales, Comerciales, e inmobiliarias que se edifiquen dentro de la Jurisdicción Municipal de éste Municipio: el cual establecido de la siguiente manera:


EL CONCEJO MUNICIPAL DE MASAGUA DEL DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA


CONSIDERANDO:

Que por mandato Constitucional, los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas, correspondiéndoles entre otras funciones la de atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios;


CONSIDERANDO:

Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal la elaboración, aprobación y ejecución de Reglamentos y ordenanzas de urbanismo;


CONSIDERANDO:

Que la obtención y captación de recursos para el fortalecimiento económico y desarrollo del municipio, y para poder realizar las obras y prestar los servicios que se necesitan, debe ajustarse a las necesidades de la Municipalidad y a las posibilidades del vecindario, teniendo siempre en cuenta el principio de legalidad, que descansa fundamentalmente, sobre la equidad y justicia tributaria;


POR TANTO:

Con base en lo considerado y en lo que para el efecto preceptúan los artículos 254, 255, de la Constitución Política de la República; y los artículos 3, 4, 33, 35, 42, 100, 101, 106 y 147 del Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República que contiene Código Municipal.


ACUERDA:

 
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