DECRETO DEL CONGRESO  15-70

Señala las dependencias del Ministerio de Trabajo y Previsión Social y las organiza.


Decreto Número 15-70


El Congreso de lo República de Guatemala,


CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Trabajo y Previsión Social debe adecuar el desempeño de sus funciones a los compromisos adquiridos por Guatemala en Convenios Internacionales de Trabajo y a las recomendaciones de la Declaración de Cundinamarca y al Plan de Acción de Caraballeda, adoptados en Conferencias Interamericanas de Ministros de Trabajo, por lo que, para impulsar en mejor forma el desarrollo económico y social es indispensable organizar debidamente las dependencias de dicho Ministerio,


POR TANTO,

En cumplimiento de las atribuciones que determina el inciso 19 del artículo 170 de la Constitución de la República,


DECRETA:

 
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