DECRETO DEL CONGRESO  68-69

Adiciona el Decreto 1706 del Congreso, que regula los términos de prescripción en cuanto a las obligaciones de pago de cuotas, recargos y ajustes al régimen de seguridad social

*Derogado por el artículo 6 del Decreto Número 48-83 del Congreso de la República.


DECRETO No. 68-69


El Congreso de la República de Guatemala,


CONSIDERANDO:

Que el Decreto 1706 del Congreso de la República en que regula los términos de prescripción en cuanto a las obligaciones de pago de cuotas, recargos y ajustes al régimen de seguridad social, ha confrontado en los tribunales problemas de interpretación, en lo tocante a las cuotas de ciertos trabajadores, y su campo de aplicación en el tiempo;


CONSIDERANDO:

Que la prescripción de las cuotas de trabajadores debe entenderse que es únicamente para las que no han sido descontadas por los patronos, y que debe dejarse asentado en forma concluyente que tal prescripción no puede extenderse a las cuotas que efectivamente han sido descontadas por los patronos y que no han sido entregadas al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.


POR TANTO,

En uso de las facultades que le confiere el inciso 1 del artículo 170 de la Constitución de la República,


DECRETA:

 
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