ACUERDO COM-36-2011
Deroga el Acuerdo del Concejo Municipal COM-020-2010.
ACUERDO COM-36-2011
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala y lo dispuesto en el artículo 3 del Código Municipal, dentro de sus atribuciones le corresponde al Municipio en el pleno ejercicio de su autonomía municipal, el ordenamiento territorial de la circunscripción territorial que lo conforma.
CONSIDERANDO:
Que con fecha 13 de octubre del año 2008, el Concejo Municipal de la Ciudad de Guatemala emitió el Plan de Ordenamiento Territorial para el Municipio de Guatemala (mediante Acuerdo COM-030-08 del Concejo Municipal) con el fin de promover y orientar el desarrollo integral del municipio, así también mejorar la calidad de vida de sus habitantes a través de la transformación, utilización y ocupación racional y sostenible de su territorio.
CONSIDERANDO:
Que mediante el Acuerdo del Concejo Municipal de la Ciudad de Guatemala número COM-022-2010, de fecha 23 de junio del año 2010, se acordó aprobar el Diseño Geométrico Vial Específico para la Conexión Bulevar Los Próceres/Bulevar Vista Hermosa zona 15, en su tramo entre el barranco del Río Pínula, zona diez, y la veintinueve avenida de la zona quince, así como sus interconexiones viales con la continuación este del Bulevar Los Próceres o CA-I, zona diez, y el Bulevar Vista Hermosa, zona quince de esta ciudad, elaborado por el Departamento de Planificación y Diseño de la Municipalidad de Guatemala, siendo indispensable realizar correcciones de orden técnico al mismo.
POR TANTO:
Con base en lo considerado y en lo que para el efecto establecen los artículos 253 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 5, 9, 33, 35, 38 y 53 del Código Municipal contenido en el Decreto número 12-2002 del Congreso de la República.
ACUERDA:
Emitir la presente,
DEROGATORIA DEL ACUERDO DEL CONCEJO MUNICIPAL COM-022-2010
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