ACTA  31-2011

Acuerda aprobar el Reglamento de Tasas Municipales aplicable en la jurisdicción del Municipio de Barberena, del departamento de Santa Rosa.


El Honorable Concejo Municipal del Municipio de Barberena del Departamento de Santa Rosa:


CONSIDERANDO

Que el Código Municipal es su Artículo 35, reformado por el Artículo 7 del Decreto Legislativo 22-2010 en su literal i) regula como atribución general del Concejo Municipal; la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales. Así mismo en su artículo 100 en sus literales e), h), s), entre otras, expresan las fuentes de ingreso de las municipalidades.


CONSIDERANDO

Que el Decreto número 50-95 del Congreso de la República de Guatemala, faculta a las municipalidades de la república para que de conformidad con los reglamentos que emitan, puedan delimitar el área o áreas que dentro del perímetro de sus poblaciones puedan ser autorizadas para el funcionamiento de establecimientos abiertos al público, previo cumplimiento a todos los requisitos y normas legales vigentes.


CONSIDERANDO

Que se hace necesario regular todo lo relacionado al área administrativa en lo concerniente a las tasas municipales que por ley y norma general, todos los vecinos deben apegarse acorde a las ordenanzas y reglamentos emitidos dentro del territorio jurisdiccional.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; el Código Municipal y sus reformas aprobadas en Decreto Legislativo 22-2010, el Concejo Municipal del municipio de Barberena, del Departamento de Santa Rosa;


ACUERDA


Aprobar el siguiente reglamento de Tasas Municipales aplicable en la jurisdicción del municipio de Barberena, del Departamento de Santa Rosa.


TITULO I
GENERALIDADES

 
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