ACUERDO GUBERNATIVO 301-2010
Se acuerda adscribir a favor del Ministerio de cultura y Deportes, un área de terreno, ubicado en la 12 avenida 11-11 zona 1 de esta ciudad capital.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 301-2010
Guatemala, 2 de noviembre del 2010
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público; la Ley del Organismo Ejecutivo indica que al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado, para lo cual tiene a su cargo consolidar el registro de los bienes del Estado; y, el Reglamento Orgánico del Ministerio de Finanzas Públicas, expresa que son atribuciones de la Dirección de Bienes del Estado, entre otras, disponer de un registro moderno, seguro y eficiente del patrimonio del Estado, analizar, opinar y gestionar sobre la procedencia de solicitudes de adscripciones.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienes del Estado a través de expediente D-367-2005, opinó de manera favorable sobre la derogatoria del Acuerdo Gubernativo sin número de fecha 22 de septiembre de 1975, por el que se adscribió al Ministerio de Educación el inmueble que fuera el antiguo convento de la Iglesia Santo Domingo, el cual forma la finca urbana inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, bajo el número 22272, folio 137 del libro 220 de Guatemala, para la instalación del Museo de Historia, que en ese tiempo era una dependencia del citado Ministerio; pero con el objeto de organizar y efectuar la reestructuración de algunas dependencias del Estado, se acordó por medio del Acuerdo Gubernativo número 104-86 de fecha 17 de febrero de 1986, que el Instituto de Antropología e Historia y otras dependencias, pasaran a formar parte del Ministerio de Cultura y Deportes, circunstancia que hace innecesario que la adscripción aún figure a nombre del Ministerio de Educación, siendo oportuno otorgar la misma al Ministerio de Cultura y Deportes, ya que en la actualidad en un área de terreno de 8,764,27 metros cuadrados funcionan sus instalaciones, en consecuencia resultó conveniente emitir la disposición legal correspondiente.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j) y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
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