ACUERDO GUBERNATIVO  145-2010

Acuerda conferir las condecoraciones, a la Bandera Nacional, Estandartes, personal de Oficiales Generales, Oficiales Superiores, Oficiales Subalternos, Oficiales Asimilados y Capellanes Militares.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 145-2010

Guatemala, 10 de mayo del 2010


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que es deber del Estado, reconocer y estimular a los funcionarios de gobierno y miembros del Ejército de Guatemala, que por sus sobresalientes actuaciones se han distinguido de manera excepcional y meritoria en el desempeño de las comisiones asignadas, contribuyendo con ello al alcance de la paz anhelada.


CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de la Defensa Nacional, ha sido informado por el Estado Mayor de la Defensa Nacional, que el personal que se menciona en la parte dispositiva del presente acuerdo, ha contribuido de manera sobresaliente con el Ejército de Guatemala, por lo que es procedente y meritorio otorgarles el reconocimiento del caso, a través de la condecoración reglamentaria.


POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 183, incisos c) y e), 246 inciso b) y 250 de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos 14 párrafo tercero numeral 4), 65 y 66 de la Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala, Decreto Número 72-90 del Congreso de la República; 1,5, 9, 10, 34, 38,39, 57, 59 literales A, B y C, 60, 64 literales A, B, y C, 65, 67, 68 literales A, B y C, 69 literales A y B, 72, 73, 75, 76, 78 literal 8, 79, 98, 99 literal B, 100 literal A numeral 1, 106 107, 108, del Reglamento de Condecoraciones y Distintivos Militares, Acuerdo Gubernativo No. 43-82.


ACUERDA:

 
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