ACUERDO GUBERNATIVO  258-2009

Declarar de interés nacional la contratación, de bienes, suministros y servicios para llevar a cabo la estrategia de Guatemala en el proceso jurídico que sobre el diferendo territorial con Belice.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 258-2009

Guatemala, 7 de octubre del 2009


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado ejerce plena soberanía sobre el territorio nacional, integrado por su suelo, subsuelo, aguas interiores, el mar territorial en la extensión que fija la ley y el espacio aéreo que se extiende sobre los mismos y asimismo, dispone que el Ejecutivo está facultado para realizar las gestiones que tiendan a resolver la situación de los derechos de Guatemala respecto de Belice de conformidad con los intereses nacionales y que todo acuerdo definitivo deberá ser sometido por el Congreso de la República al procedimiento de consulta popular.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 44, numeral 1. subnumeral 1.3 del Decreto número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado, faculta al Presidente de la República para que en Consejo de Ministros resuelva situaciones de interés nacional o beneficio social, y en el presente caso, el Acuerdo Especial suscrito entre Guatemala y Belice para someter el Reclamo Territorial, Insular y Marítimo de Guatemala a la Corte Internacional de Justicia, constituye un asunto de alta trascendencia para el Estado y una situación de interés nacional, lo que hace necesario preparar la posición jurídica y la argumentación que se hará valer en su oportunidad ante la Corte antes indicada y contar además, con los bienes, suministros y servicios para la mejor implementación y ejecución de estrategias para dilucidar dicho diferendo territorial.


CONSIDERANDO:

Que para la contratación de los bienes, servicios y suministros para la implementación y ejecución del diferendo relacionado en el considerando anterior, el Estado cuenta con los recursos financieros dentro del Presupuesto de Ingresos y Egresos para el presente ejercicio fiscal, y se han obtenido los dictámenes favorables de las instituciones indicadas en el artículo 18 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Acuerdo Gubernativo número 1056-92, de fecha 22 de diciembre de 1992, es procedente emitir la disposición legal correspondiente.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le asigna el articulo 183 literales a), e) y m) de la Constitución Política de la República de Guatemala y lo previsto en los artículos 27 literal e) y 38 literal d) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; el articulo 44 numeral 1, subnumeral 1.3 del Decreto número 57-92, del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado y el artículo 18 del Acuerdo Gubernativo número 1056-92, de fecha 22 de diciembre de 1992, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.


EN CONSEJO DE MINISTROS


ACUERDA:

 
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