ACUERDO  23-2009

Se declara electos magistrados titulares de la Corte de Apelaciones y otros Tribunales colegiados de igual categoría, a los abogados que se mencionan.


ACUERDO NÚMERO 23-2009


EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con los artículos 206, 217 y 218 de la Constitución Política de la República de Guatemala, los magistrados titulares de la Corte de Apelaciones y otros Tribunales colegiados de igual categoría, serán electos por el Congreso de la República por un período de cinco años, ejerciendo la función jurisdiccional propia del Organismo Judicial.


CONSIDERANDO:

Que los magistrados de la Corte de Apelaciones y otros Tribunales colegiados de igual categoría, serán electos de la nómina de candidatos propuestos por la Comisión de Postulación correspondiente, y será integrada como lo establece la Carta Magna; por lo que, habiéndose cumplido con el procedimiento constitucionalmente establecido, corresponde emitir la respectiva disposición con el propósito de dar forma jurídica a la elección efectuada.


CONSIDERANDO:

Que las funciones y atribuciones de las magistraturas de la Corte de Apelaciones y otros Tribunales colegiados de igual categoría, constituyen puntos fundamentales en la administración de justicia, siendo los encargados de conocer en grado las resoluciones de los juzgados de primera instancia, por lo que para ocupar dichas magistraturas debe elegirse a los abogados que han demostrado, durante su trayectoria profesional, la experiencia necesaria en pro de la administración de justicia en el país.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que establecen los artículos 165 literal f), 217 y 222 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 87 del Decreto Número 2-89, Ley del Organismo Judicial; y 106 numeral 2) del Decreto Número 63-94, Ley Orgánica del Organismo Legislativo, ambos del Congreso de la República,


ACUERDA:

 
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