RESOLUCIÓN  RES-DGAC-162-2007

Aprueba la Revisión 002, RAC Definiciones y Abreviaturas, de fecha 14 de septiembre de 2007, en sustitución de la RAC Definiciones y Abreviaturas, Revisión 001, de fecha 31 de julio de 2007.


RES-DGAC-162-2007


EL DIRECTOR INTERVENTOR
DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el contenido de la literal a) del artículo 7º. Del Decreto 93-2000 del Congreso de la República, que contiene la Ley de Aviación Civil, la Dirección General de Aeronáutica Civil, esta facultada para elaborar, emitir, revisar, aprobar y modificar las Regulaciones y disposiciones complementarias de aviación necesarias para el cumplimiento de la Ley.


CONSIDERANDO:

Que con el objeto de unificar los criterios dentro de la región centroamericana y la necesidad de completar los requisitos aplicables a las Regulaciones de Aviación Civil, es, necesario adecuar de una mejor manera el contenido de RAC Definiciones y Abreviaturas en su Sección 1.1, en la Definición: "Licencia al Personal Técnico Aeronáutico", sustituyendo la palabra "Documento" por la palabra "Certificado", quedando como Revisión 002 de fecha 14 de septiembre 2007.


POR TANTO:

Esta Dirección General, de conformidad con lo considerado y con fundamento en lo preceptuado por el Decreto 93-2000 del Congreso de la Republica, que contiene la Ley de Aviación Civil.


RESUELVE:

 
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