DECRETO GUBERNATIVO 03-2007
Prorroga por 30 días el plazo de vigencia del Estado de Calamidad Pública, declarado en el Decreto Gubernativo número 01-2007; esto en los dos sectores del Barrio denominado "San Antonio", zona 6 de Guatemala.
*Ratificado por el artículo 1 del Decreto No. 27-2007 del Congreso de la República de Guatemala el 30/05/2007.
DECRETO GUBERNATIVO NÚMERO 3-2007
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Gubernativo Número 1-2007 de fecha 9 de marzo de 2007, ratificado por Decreto Número 12-2007 del Congreso de la República, se declaró por el plazo de treinta días el Estado de Calamidad Pública en 2 sectores del Barrio denominado "San Antonio", zona 6 del municipio de Guatemala, departamento de Guatemala; y por Decreto Gubernativo Número 2-2007 de fecha 10 de abril de 2007, ratificado por el Decreto Número 16-2007 del Congreso de la República, se prorrogó por treinta días el plazo de vigencia del referido Estado de Calamidad Pública.
CONSIDERANDO:
Que la Coordinadora Nacional para la Reducción de Desastres de Origen Natural o Provocado -CONRED-, ha informado que la ejecución de los trabajos que se realizan con motivo del Estado de Calamidad Pública declarado en el citado Barrio San Antonio no han concluido, lo que obliga a extender el plazo de vigencia del Estado de Calamidad Pública, por lo que debe emitirse el Decreto que prorrogue el estado de excepción por treinta días más.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 138,183, literal f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 139 de la Constitución citada y 1, 2,14,15 y 34 del Decreto Número 7 de la Asamblea Nacional Constituyente, Ley de Orden Público,
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
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