ACUERDO GUBERNATIVO  60-2007

Reformas al Acuerdo Gubernativo 327-2003, Reglamento para la Aprobación de los Estatutos, Reconocimiento de la Personalidad Jurídica y Funcionamiento de las Organizaciones de Padres de Familia de Establecimientos Escolares.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 60-2007

Guatemala, 21 de febrero del 2007.


EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA


CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo Gubernativo número 327-2003 de fecha 29 de mayo de 2003, que contempla el Reglamento para la Aprobación de los Estatutos, Reconocimiento de la Personalidad Jurídica y Funcionamiento de las Organizaciones de Padres de Familia de los Establecimientos Escolares Públicos, establece el plazo y la forma como los miembros de sus distintas juntas directivas ejercen sus cargos.


CONSIDERANDO:

Que la experiencia ha demostrado que el período para el que son electos los miembros de las juntas directivas relacionadas en el considerando anterior, es muy breve; aunado a ello, las gestiones que conllevan los procedimientos de elección, conformación y registro de una nueva junta directiva, representa gastos excesivos para tales organizaciones, para los respectivos registros y para el propio Ministerio de Educación, razón por la que se hace necesario ampliar el plazo para el ejercicio de los cargos de los miembros de las juntas directivas.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala.


EN CONSEJO DE MINISTROS,


ACUERDA:

Emitir las siguientes:


REFORMAS AL ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 327-2003 DE FECHA 29 DE MAYO DE 2003, REGLAMENTO PARA LA APROBACION DE LOS ESTATUTOS, RECONOCIMIENTO DE LA PERSONALIDAD JURIDICA Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ORGANIZACIONES DE PADRES DE FAMILIA DE LOS ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES PUBLICOS.

 
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