ACUERDO GUBERNATIVO  624-2006

Se acuerda fijar los SALARIOS MÍNIMOS PARA ACTIVIDADES AGRÍCOLAS Y NO AGRÍCOLAS.

*Derogado tácitamente por el Acuerdo Gubernativo No. 625-2007 del Presidente de la República de fecha 27-12-2007.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 624-2006

Guatemala, 26 de diciembre de 2006.


CONSIDERANDO:

Que los Presidentes de Centroamérica y República Dominicana acordaron en la XXVI Reunión de Jefes de Estado y de Gobierno de los Países del Sistema de Integración Centroamericana (SICA), celebrada en Tegucigalpa, Honduras el 30 de Junio de 2005, el propósito de consolidar una región segura con Empleo de Calidad y Productivo para los ciudadanos de cada Estado, que les permita vivir con dignidad; y reiterándolo con la suscripción de la Declaración Tripartita para el Fomento del Empleo y el Trabajo Decente en Centroamérica y República Dominicana, suscrita por los Trabajadores, Empleadores y Gobiernos de Centroamérica y República Dominicana, a través de sus Ministros y Secretarios de Trabajo en el mismo país y fecha, con la facilitación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), acordando la necesidad de efectuar acciones necesarias para consolidar el fomento de empleo de calidad, que le permita a los trabajadores mejorar su calidad de vida, así como a los empresarios, como motores generadores de empleo, la facilitación de su creación, crecimiento e inversión en los países, para lo cual, se deberá de manera simultánea "mejorar las condiciones de existencia del trabajador y su familia y fomentar mejoras en la productividad y la competitividad de las empresas y el conjunto de la economía" (Párrafo 16 de la Declaración);


CONSIDERANDO:

Que resulta de vital importancia generar acciones que busquen revertir la creciente tendencia de la informalidad en el país, en el que se ubica el mayor porcentaje de pobreza y pobreza extrema, enmarcándolo en el fomento de empleo digno y de calidad, logrando la protección de los trabajadores que no gozan de los derechos que las leyes laborales les conceden, además de combatir la evasión fiscal y la competencia desleal que impiden la generación de empleo en Guatemala y su desarrollo como país;


CONSIDERANDO:

Que el fomento de la productividad en las empresas es un instrumento para el crecimiento de las mismas, el aumento de los ingresos de los trabajadores y sobre todo la creación de plazas de empleo dignas, superando progresivamente los salarios mínimos buscando ingresos superiores a éste, tal y como muchos países de economías similares a la Guatemalteca lo han logrado, a través de la implementación de acciones a mediano y largo plazo;


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece dentro de los derechos sociales mínimos que fundamentan la legislación del trabajo y la actividad de los tribunales y autoridades, la fijación periódica del salario mínimo de conformidad con la ley.


CONSIDERANDO:

Que las Comisiones Paritarias de Salarios Mínimos para Actividades Agrícolas y No Agrícolas para cumplir con el cometido que les asigna el Código de Trabajo, han presentado los informes en los plazos establecidos, sin haber llegado a consenso, por lo que la Comisión Nacional del Salario emitió el dictamen de fecha veinticuatro de noviembre de dos mil seis, del que se deriva que tampoco hubo consenso en esa instancia, correspondiéndole al Presidente de la República emitir el Acuerdo Gubernativo respectivo.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 102 literal f) y 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 3 del Convenio 131 sobre la fijación de salarios mínimos de la Organización Internacional del Trabajo, 103,104,112,113 y 115 del Código de Trabajo


ACUERDA:

Fijar los siguientes,


SALARIOS MINIMOS PARA ACTIVIDADES AGRÍCOLAS Y NO AGRÍCOLAS

 
...
Consultas:
  • Buscado: 11,608 veces.
  • Ficha Técnica: 516 veces.
  • Imagen Digital: 464 veces.
  • Texto: 471 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 33 veces.
  • Formato Word: 73 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu